Por la presente se comunica que a partir del curso 2021/2022, para la tramitación del pago de las becas o ayudas gestionadas por la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar, es imprescindible que las personas solicitantes den de alta la cuenta corriente consignada en la
solicitud en en el Registro de Cuentas de Terceros de la Tesorería General de la Junta de Andalucía.

CIRCULAR ALTA DE CUENTAS

Por otro lado, la Consejería de Educación y Deporte informa de que con el objetivo de facilitar la tramitación del procedimiento de alta de cuentas corrientes a las personas solicitantes de las becas que gestiona la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar, en breve se pondrá a
disposición de las personas solicitantes un nuevo mecanismo a través de la Secretaría Virtual. Se trata de un sistema alternativo que permitirá trasladar a la Consejería de Hacienda y Financiación Europea la solicitud de alta de cuentas corrientes sin necesidad de realizar ningún otro trámite.
Las becas a las que se hace referencia son las siguientes:

  • • Beca General (en virtud del Convenio con el Ministerio de Educación y Formación Profesional).
  • • Ayudas para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo (en virtud del Convenio con el Ministerio de Educación y Formación Profesional).
  • • Beca 6000.
  • • Beca Andalucía Segunda Oportunidad (BASO).
  • • Beca Adriano.

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Circular de 7 de septiembre de 2021 por la que se informa del procedimiento a seguir para posibilitar la tramitación del pago de becas gestionadas por la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar.
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